Creativos de moda, sin IVA por 7 años

A partir de hoy, primero de julio, y hasta el 30 de este mes, los empresarios que hacen parte de la Economía Naranja tienen la potestad de aplicar al beneficio de exención del IVA por 7 años. Conozca más sobre la Economía Naranja y el estímulo tributario.

Uno de los derroteros más distintivos del Gobierno nacional para el crecimiento social ha sido, sin duda, la firme apuesta por la Economía Naranja, modelo que sitúa la diversidad cultural y la creatividad como los pilares de la transformación del país. Este se basa en la producción y distribución de bienes y servicios de dicha índole, que pueden protegerse por medio de los derechos de propiedad intelectual. De las tres categorías que reúnen las actividades que hacen parte de la Economía Naranja, la categoría de Industrias Creativas, Nuevos Medios y Software de Contenidos concentra la atención del sector*, pues incluye la subcategoría «Diseño»** que está directamente asociada con moda y joyería. Asimismo, la categoría de Artes y Patrimonio incluye al sector artesanal.

Pertenecer a estos segmentos específicos implica una serie de beneficios derivados de la política de este modelo económico que busca apoyar la materialización de nuevas ideas, los productos innovadores, el fortalecimiento de los saberes ancestrales y la transmisión de conocimientos tradicionales. Con este fin, se ofrece un portafolio de servicios que comprende: formación, conocimiento (estudios, cifras, mediciones), acompañamiento técnico y apoyos e incentivos. En esta línea, la exención del IVA por 7 años surge como un estímulo tributario.

El beneficio de rentas exentas para las empresas de la Economía Naranja se incluye en la Ley 2010 de 2019, Artículo 91, por un periodo de 7 años, y está dirigido a personas jurídicas constituidas cuyas actividades inicien antes del 31 de diciembre del 2021, que contribuyan al impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario, cuyo principal domicilio se encuentre en Colombia y cuyo objeto social se relacione exclusivamente con el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.

Uno de los requisitos más relevantes para calificar como empresa de moda es estar matriculado bajo los siguientes códigos CIIU: 3210 —Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos— y/o 7410 —Actividades especializadas en diseño—. Es importante indicar que desde el primero de julio y por un periodo de 30 días calendario la segunda etapa de inscripciones entra en vigor. El proyecto debe ser presentado ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura.

Para saber si su empresa aplica a este beneficio, escriba al correo electrónico del Ministerio de Cultura: info-economianaranja@mincultura.gov.co  

Para conocer más sobre el portafolio de beneficios para las empresas pertenecientes a la Economía Naranja, haga clic aquí

Para descargar la Guía de aplicación de rentas exentas, conocer el proceso de presentación y envío del proyecto postulante, preguntas frecuentes y generalidades, haga clic aquí

Para descargar el segundo reporte sobre la medición de la Economía Naranja en el que se incluye el listado total de actividades totales y parciales incluidas, realizado por el DANE, haga clic aquí

Para descargar la Guía jurídica y societaria para sociedades de Economía Naranja, elaborado por la Superintendencia de Sociedades, haga clic aquí

Para inscribirse al curso «El valor de la creatividad y la innovación: La Economía Naranja», liderado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, haga clic aquí

*Con respecto a las otras dos categorías, 61 % de la composición del valor agregado en Bogotá región entre 2014 y 2018, según la última medición realizada por el DANE en 2019.

**Basado en la composición de códigos CIIU asociados a las actividades de la Economía Naranja: 3210 —Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos— y/o 7410 —Actividades especializadas en diseño—.